78.- La empresa pondrá a disposición de las personas trabajadoras canales alternativos para interponer las quejas o denuncias, y que puedan hacerlo por escrito o de forma oral. Canales alternativos pueden incluir:
- Orales: línea telefónica, directamente acudiendo a los Departamentos de Recursos Humanos o Cumplimiento, al Comité específico o a la persona designada.
- Escritos: buzón físico, correo electrónico u otros y asegurar que sean accesibles de forma confidencial.
- Consignar el formulario en una página web de forma tal que se garantice la confidencialidad a través de códigos seguros que no revelen la identidad de la víctima o la persona que denuncia.